Después del “éxito” de la consulta popular, ahora se aprestan a quitar los candados constitucionales que existen en la materia, para ahora sí, sin ningún cuestionamiento legal, pueda el presidente Andrés Manuel López Obrador, tomar las decisiones que se le antoje en aras de la Cuarta Transformación, mismas que pueden ser, desde expropiaciones de bienes cuyos propietarios sean incómodos al régimen, hasta su reelección.
Este es el fondo de un falaz y perverso ejercicio supuestamente democrático, el cual surge de la doctrina del Foro de Sao Paulo, que por cierto algunos de sus integrantes más connotados acudirán a la toma de protesta de AMLO, como Nicolás Maduro, Evo Morales y Daniel Ortega, entre algunos mandatarios que son acusados de delitos de represión, asesinato y narcotráfico.
La encuesta popular de López Obrador, no tiene alcances vinculatorios, es ilegal y anticonstitucional.
El artículo 35 de la Carta Magna es claro y contundente al señalar que las consultas públicas sobre temas de trascendencia nacional deberán ser convocadas por el Congreso de la Unión, a petición del presidente de la República en funciones.
Se precisa en el texto constitucional que la consulta debe ser convocada por un 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las dos cámaras del Congreso, ya sea de diputados o de senadores o puede ser solicitada por los ciudadanos, en un número equivalente al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, que en este caso tendría que ser un millón 782 mil personas empadronadas.
Como se sabe, el organismo que en todo caso debe efectuar la consulta es el INE, a fin de garantizar la transparencia, equidad, imparcialidad, un padrón y un método confiable, y no un comité de adeptos de AMLO, quienes fungen como, juez y parte.
Esto lo sabe el tabasqueño y por ello ya anunció que se buscará reformar la Constitución a efecto de que no haya límites y se pueda hacer una consulta popular cuando sea necesario.
“A mis adversarios les digo que se vayan acostumbrando…vamos a reformar la Constitución para que no haya límites y los ciudadanos puedan solicitar que cuando haya un tema de interés público se haga consulta. Existe en la Constitución ya el principio de la consulta, pero está muy limitado”, sentenció el presidente.
Sin tener atribuciones legales en virtud de que todavía no es presidente formal, ha tomado decisiones fundamentales de alto impacto que acarrean diversas consecuencias. Se apropió de cuatro meses de gestión, en menoscabo del sexenio del presidente Peña Nieto, cuyo término será el 30 de noviembre.
El estado de derecho no importa, y si existe un ordenamiento legal que obstruya sus propósitos, pues ordena a los senadores y diputados de Morena, reformarlos a la brevedad.
Y si esto no fuera posible, convoca a una consulta popular y listo, se ajusta todo rumbo a la Cuarta Transformación y si no alcanzan seis años para concretarla, no hay problema, ya que sí el pueblo lo solicita, se instituye la reelección presidencial, aunque se entierre el principio constitucional y que surgió de la revolución de 1910: “Sufragio Efectivo, No reelección”.
El lema de campaña de Francisco I. Madero, cuando se lanzó a competir por la presidencia de la república, contra el dictador Porfirio Díaz, quien solo llevaba 35 años en el poder, toma ahora más vigencia que nunca ante la real amenaza de la tentación de mantenerse en el poder.
Ya en el Plan de San Luis, manifiesto político promulgado el 5 de octubre de 1910, se asume como un principio político y de lucha la frase célebre que por su relevancia, la recalcamos: ”Sufragio Efectivo, No reelección”.
